domingo, 17 de octubre de 2010

Coordinación Local

Según la ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Consejo de Coordinación Local (CCL) es el órgano de
coordinación y concertación que se establece como un mecanismo de participación ciudadana que asegure la
permanente comunicación entre la población y las autoridades municipales. Existen dos tipos de consejo: Provincial y
Distrital. Ambos CCL integran a los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas
y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma
de organización a nivel provincial y/o distrital. Entre sus funciones, destacan la de coordinar y concertar el Plan de
Desarrollo Municipal y el Presupuesto Participativo, así como proponer la elaboración de proyectos de inversión y de  servicios públicos.

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