El empleo es una de las variables más importantes para medir los beneficios del crecimiento de la economía en un país.
En ese sentido, los contratos de trabajo reflejan la formalidad de la relación empresa y trabajador en virtud de la cual
el trabajador puede acceder a beneficios sociales así como ser también sujeto de crédito. La empresa, por su parte,
puede regular las labores del trabajador, dictar órdenes para que éstas se ejecuten y sancionar cualquier infracción o
incumplimiento.
Los contratos de trabajo pueden ser a plazo determinado, cuando las partes determinan el inicio del contrato y la
fecha de término, y a tiempo indeterminado (no tiene una fecha de término teniendo vocación de permanencia en el
tiempo). Asimismo, los contratos podrán ser a tiempo completo o a tiempo parcial (entre los que se comprenden los
de jornada de trabajo inferior a 4 horas diarias en promedio durante la semana, que tiene un régimen especial). En este
boletín analizaremos los contratos de trabajo a plazo determinado, los cuales pueden celebrarse cuando lo requieran
las necesidades del mercado o mayor producción de la empresa o cuando algún servicio u obra que se tenga que
ejecutar solo requiera contratar trabajadores temporalmente.
Según investigación de CAD Ciudadanos al Día, en base a información del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, el 49% de los trabajadores se encuentran contratados bajo la modalidad de contratos a plazo determinado.
Desde 1993, el número de contratos presentados de este tipo ha crecido exponencialmente, pasando de 299 mil en
1993 a 2.5 millones en 2008.
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