domingo, 17 de octubre de 2010

Ambulantes

La ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades establece como una de las funciones de las municipalidades
provinciales y distritales el control del comercio ambulatorio así como el establecimiento de las normas que regulen
esta actividad comercial. En ese sentido, los municipios llevan a cabo el registro de los ambulantes que trabajan en su
distrito. Según investigación de CAD Ciudadanos al Día, en base a la última información producida por el INEI, al 2007,
existían 175 mil ambulantes registrados en 506 municipios. Del total de municipalidades a nivel nacional, en solo el
28% existen ambulantes registrados.

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